Retribuciones altos cargos – Año 2024




RETRIBUCIONES DE LOS ALTOS CARGOS DEL CONSEJO CONSULTIVO DE ANDALUCíA


Los artículos 16 de la Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo de Andalucía, y 14 de su Reglamento Orgánico, aprobado por Decreto n.º 273/2005, de 13 de diciembre, establecen que «el Presidente o Presidenta, las Consejeras y Consejeros Electivos con dedicación exclusiva y el Secretario o Secretaria General tienen derecho a la percepción de las retribuciones en las cuantías y con la periodicidad consignadas en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma, e incluidas en la Sección del Consejo Consultivo».


El desarrollo del sistema retributivo de los miembros del Consejo Consultivo se ha efectuado mediante Decreto-ley 11/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, con la adicción del artículo 10.ter.


La aplicación específica de dicho artículo se ha efectuado mediante Resolución de 15 de enero de 2024, de la Secretaría General para la Administración Pública, que establece las siguientes retribuciones del personal alto cargo del Consejo Consultivo de Andalucía para el ejercicio 2024:



Euros

Persona titular de la Presidencia del Consejo Consultivo

87.705,00

Consejeras y consejeros electivos con dedicación exclusiva

83.758,22

Persona titular de la Secretaría General del Consejo Consultivo

76.303,22


En los casos en que les correspondiera de acuerdo con la normativa vigente, tendrán derecho a la percepción de catorce mensualidades de la retribución por antigüedad que tuvieran reconocida.


La persona titular de la Presidencia, las consejeras y consejeros con dedicación exclusiva y la persona titular de la Secretaría General del Consejo Consultivo de Andalucía perciben una retribución en especie, a través del seguro de vida y accidentes para los altos cargos de la Junta de Andalucía, de sus agencias y demás entidades instrumentales, suscrito mediante contrato público único de la Consejería con competencia en materia de hacienda.

La cuantía de esta retribución en especie varía en función de distintas circunstancias, como la edad, el sexo o la fecha de toma de posesión y, en su caso, cese en el cargo. En las declaraciones de IRPF de las personas que perciben esta retribución en especie, está consignada con este nombre.

Ninguno de los altos cargos percibe indemnización mensual por vivienda.