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La Ley 8/1993, de 19 de octubre, creó el Consejo Consultivo de Andalucía en el ejercicio de las competencia de organización y estructura de sus instituciones de autogobierno atribuida a la Comunidad Autónoma. Su finalidad principal fue la de dotar al Gobierno y a la Administración de la Comunidad Autónoma, con inclusión de sus entes institucionales, de un superior órgano consultivo de carácter técnico científico. Por Decreto 89/1994, de 19 de abril, se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo Consultivo en ejecución y desarrollo de la citada Ley.

El Consejo Consultivo de Andalucía ha ido progresivamente erigiéndose en el superior órgano consultivo del conjunto de las Administraciones Públicas radicadas en la Comunidad Autónoma, muy principalmente de las Corporaciones Locales, lo que ha ocasionado junto con la asunción de nuevas competencias, el crecimiento exponencial de la actividad consultiva (37 dictámenes en 1994 a 771 dictámenes en 2008). La adaptación normativa de la estructura y funcionamiento del Consejo Consultivo a esta nueva realidad ha dado lugar a la Ley 4/2005, 8 de abril que deroga la Ley de creación del Consejo Consultivo. Por Decreto 273/2005, de 13 de diciembre, se aprueba del Reglamento Orgánico del Consejo Consultivo de Andalucía en ejecución y desarrollo de la citada Ley.